¿Influye la cultura de manera parecida a los ingenieros, los juristas y otros grupos profesionales? ¿Comparten enfoques como el filosófico-cartesiano, o el pragmático del learning by doing? ¿Son muchos capaces de moverse en ambos estilos como pez en el agua?
ENFOQUE FILOSÓFICO (cartesiano, deductivo, universalista)
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ENFOQUE PRAGMÁTICO (inductivo, particularista) |
Derecho romano (y francés y alemán…) Todas las leyes parten de una ley fundamental de la que derivan.
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Derecho británico: los casos precedentes son la base de la jurisprudencia. |
TAV: Se construyen primero las vías. (Francia)
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TAV. Se construyen primero los trenes. (Gran Bretaña) |
Hochschulrahmengesetzt. Todas las universidades tienen que basarse en la ley marco universitaria fundamental.
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Se puede experimentar con distintos modelos de universidades como en Gran Bretaña. |
Ventajas:
Puede generar “productos” más efectivos, mejores. |
Ventajas:
Es más rápido, ágil, adaptable. |
En este artículo Andrew Hennigan explica la influencia de la cultura en el modo de trabajo de los ingenieros. Suele ser un ámbito en el que no se esperan diferencias. Los propios ingenieros consideran su trabajo tan objetivo que niegan la existencia de diferencias culturales.
¿Crees que la ingeniería es algo universal, que todos los ingenieros piensan igual?
Hay leyes técnicas universales, aspectos compartidos, pero el enfoque que los ingenieros adoptan a la hora de solucionar problemas está fuertemente influido por la cultura.
Veamos como ejemplo el diseño de la red de Trenes de Alta Velocidad. En Francia (y Alemania) se observa un enfoque filosófico, distinto al pragmático propio de otras culturas.
Para estadounidenses y británicos una buena solución es una solución que funciona en la práctica, no importa si es pura o no conceptualmente. A la mayoría esto de la pureza conceptual les daría risa. En Francia se sigue un enfoque diferente a causa de su educación: empiezan planteando principios básicos y desarrollan soluciones de una manera que para otros resulta abstracta. Se suele llamar a esto "enfoque filosófico", aunque se parece a la mentalidad de los matemáticos.
Y a veces este enfoque lleva a un mejor resultado, como en el caso del Tren de Alta Velocidad.
En muchos países el enfoque pragmático llevó a ir tomando soluciones de compromiso sobre la marcha en torno a temas como la construcción de vías nuevas. En Francia enfrentaron el problema de una forma típicamente cartesiana: la primera decisión consistió en construir vías de alta velocidad y no trenes de alta velocidad. Para algunos esto puede parecer una pérdida de tiempo, pero si lo pensamos detenidamente veremos que esta decisión fue clave en el éxito.
Construir un tren rápido es relativamente fácil pero si circula por viejas vías no puede alcanzar velocidades muy altas y si comparte vía con trenes más lentos no podrán construirse las vías que posibilitarían que alcanzara la máxima velocidad.
El enfoque pragmático adoptado en otros países puede haber llevado los trenes de alta velocidad al mercado antes. El enfoque filosófico, piramidal, cartesiano... es más lento, pero a veces puede resultar en un producto mejor.
Ninguno de los enfoques es siempre el mejor. Lo que esto nos enseña es que no todos los ingenieros piensan siempre igual, que es importante estar abierto a todo tipo de alternativas y crear equipos de trabajo con gente no identificada con un sólo enfoque, sino capaz de estar abierta a otros y a aprender de ellos.
Hasta aquí mi resumen muy libre, con aclaraciones y añadidos, del artículo de Andrew Hennigan. Me parece interesante añadir a esta argumentación técnica otra que hace años escribí resumiendo los argumentos expuestos en "Typisch english. Wie die Britten wurden was sie sind" (Múnich, edit. Beck, 1995) de Hans- Dieter Gelfert. Porque lo más apasionante de la investigación intercultural es ver cómo los estándares culturales, los valores inducidos por nuestra cultura, se manifiestan en todos los aspectos de la vida.
Uno de los aspectos más característicos del Reino Unido y de Alemania son sus sistemas jurídicos. El alemán se basa en el sistemático derecho romano, como los restantes del continente. No es por tanto un caso aislado, pero ha llegado a tal perfección en su sistematicidad que muchos otros países han tomado sus códigos casi tal cual. Nuestra constitución debe mucho a la suya. Recuerdo que entre mis compañeros en los cursos de alemán había más estudiantes de derecho que de ingeniería.
El sistema jurídico germano es cartesiano, piramidal, las leyes se derivan unas de otras, con la Constitución en la cúspide, y se recogen en códigos. Igual que el sistema filosófico de Descartes lo desmonta todo, busca una verdad sobre la que pueda construir el edificio de las ideas, la encuentra (cogito ergo sum) y a partir de ella deriva todas las demás.
En Inglaterra Guillermo el Conquistador estaba más interesado en pacificar al país que en imponer el derecho romano, así que dejó que siguiera vigente el derecho común hasta entonces. Como después no ha habido rupturas en su historia, no se ha presentado la oportunidad de una reforma radical, como en Francia con Napoleón o en Alemania con su unificación en 1871.
El sistema jurídico británico es un caso único. En Gran Bretaña no hay código de derecho civil ni penal sino 400.000 sentencias, que, como precedentes, tienen valor de leyes. Es la common law. Ni siquiera tienen constitución escrita. La presión internacional hace que hoy en día se esfuercen por recoger las leyes sistemáticamente al menos en algunos ámbitos jurídicos, pero la common law sigue vigente sin que se haya intentado sistematizarla.
Hay muchos otros aspectos curiosos en el sistema inglés, pero quizá lo que más nos interese, además de lo mencionado, sea que el número de jueces profesionales es mucho menor que en Alemania, porque en gran número de procesos el tribunal popular compuesto por ciudadanos comunes tiene un peso importante en la sentencia. Los legos también intervienen en la justicia como magistrados, los antiguos “jueces de paz”, que, apoyados por juristas, se encargan de los procesos de menor importancia.
Su sistema jurídico parece haber impregnado el carácter de ambos pueblos. Se considera característica de los alemanes la Gründlichkeit, la minuciosidad, según ellos mismos. Típico británico es el learning by doing, el muddling through, ir abriéndose camino sobre la marcha.
Parece que han vencido los teutones puesto que sus códigos legales son imitados hasta en Japón y los propios ingleses trabajan ya en esa línea, que es la de la mayoría. Pero en algunos casos el sistema inglés muestra claramente sus ventajas: cuando en Alemania hubo que fundar nuevas universidades y reformar las antiguas, el proceso se retrasó hasta que se redactó una ley universitaria marco (Hochschulrahmengesetzt) de la que luego hubo que derivar las leyes particulares de los estados federales. Este procedimiento se llama legalista.
En Gran Bretaña, en cambio, fundaron nuevas universidades sin ley marco, lo que les permitió probar diferentes modelos. Learning by doing es un sistema inglés que también se exporta. No ha tenido éxito en el mundo legal, pero si en la didáctica y otros campos. De hecho la expresión ha pasado a formar parte del idioma alemán.
A nadie extrañará que la tendencia inglesa al empirismo y al parlamentarismo tenga siete siglos de antigüedad, paralela a su sistema jurídico, mientras que la propensión alemana a la sistematicidad filosófica y científica y a la minuciosidad proviene de la Ilustración, igual que sus estructuras legales.
Para conseguir profesionales capaces de trabajar con ambos enfoques, lo mejor es mostrar que ambos tienen ventajas y desventajas. Se me ocurren infinitos casos vividos que muestran como tanto uno como otro, mal empleados, pueden producir resultados nefastos.
Pero ahora es tu turno, querido lector. ¿Se te ocurren casos para mostrar los peligros y ventajas de estos enfoques? Cuéntanoslos.
Si quieres ver más a fondo cómo la cultura nos moldea sin que nos demos cuenta, en la columna de la derecha puedes informarte sobre libros que lo explican detenidamente y puedes leer algunos fragmentos en los enlaces.
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